Por unanimidad y luego de cuatro años de análisis, el Senado aprobó con 82 votos reformas constitucionales para eliminar el fuero y reforzar la inmunidad de los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, que podrán ser procesados por delitos sin perder la libertad o el cargo, hasta que haya sentencia condenatoria y la Cámara de Diputados retire su inmunidad.
Las bancadas de PRI, PAN y PRD dijeron que no es la panacea, pero sí es de suma trascendencia porque ataca de fondo un problema social como ha sido la impunidad de los políticos, pues si bien salvaguarda su inmunidad de venganzas o revanchas políticas, deja correr en paralelo un proceso judicial y que se dicte sentencia, pese al cargo.
En el caso del Presidente de la República, el perredista y autor de la iniciativa, Pablo Gómez, explicó que el proceso es distinto y no perderá la inmunidad hasta que las dos cámaras se pronuncien, al resaltar que puede haber motivaciones políticas tras una solicitud y no se puede exponer al jefe del Ejecutivo a tentaciones, pues en México todavía hay “la mano negra, especialmente persecutoria”.
En tribuna, el priista y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Pedro Joaquín Coldwell, explicó los cambios a los artículos 61, 111 y 112, que se remitieron al Palacio Legislativo de San Lázaro para su discusión.
Subrayó la trascendencia, al señalar que la principal causa que está ocasionando el deterioro social es la impunidad de los políticos, por ello esta reforma ataca ese problema dado que cuando haya una acusación fundamentada contra cualquier servidor público, el poder judicial podrá emprender un proceso.
Explicó que, a diferencia de hoy, no se deberá esperar a que la Cámara de Diputados procese los juicios de procedencia para iniciar un procedimiento judicial contra el inculpado.
“Así correría el procedimiento judicial preservando al funcionario público su inmunidad, es decir, sería juzgado y ya con una sentencia judicial, entonces la Cámara de Diputados decidirá a partir de valoraciones políticas si se le retira o no, pero de todas maneras, aunque lo negara, la sentencia estaría ya firme y sería aplicada cuando el funcionario protegido terminara su encargo”. explicó el legislador priista.
Respecto al artículo 61, Gómez Álvarez recordó que el poder Judicial ha abierto la posibilidad de que los legisladores sean reconvenidos por sus dichos, cuando sus opiniones son fuera de los recintos legislativos.
“Es una interpretación incorrecta de la Constitución y ridícula”, aseveró, al agregar que también el artículo 111 es antediluviano políticamente hablando, porque quienes ejercen cargos públicos no pueden ser privados de su libertad por otro poder que es su igual.
Por ello, si bien se elimina el fuero de los integrantes de los tres poderes de la Unión, gobernadores, ministros, consejeros del IFE y otros, que podrán ser procesados como cualquier mexicano, se protege su inmunidad bajo el principio de presunción de inocencia.
“El quitar de su cargo al Presidente o un miembro de la Corte o a un legislador, que todos tienen la misma jerarquía constitucional, no deja de ser un acto político que tiene que ser decretado por un órgano de la Constitución. No caigamos en la fácil pretensión de algunas democracias, de llegar al gobierno de los jueces, y no caigamos tampoco en la impunidad de los poderosos”, planteó.
En el mismo tema, los panistas Guillermo Tamborrel y Alejandro Zapata coincidieron en que no es la panacea, pero ante abusos que se cometieron, como el de Victoriano Huerta, que metió a la cárcel a muchos legisladores para evitar ser destituido, se requiere proteger la función del poder, con equilibrios; pero al individuo que comete atracos o actos criminales y bajo la inmunidad procesal evade la acción de la justicia, procesarlo.
Milenio