Presos desde noviembre de 2014 acusados por la Procuraduría General de la República (PGR) de haber ordenado la detención de los 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos, José Luis Abarca y su esposa, María de los Ángeles Pineda Villa, podrían quedar en libertad gracias a la sentencia sobre el caso Ayotzinapa emitida por el Primer Tribunal Colegiado de Tamaulipas el pasado 4 de junio.
El fallo determinó que las declaraciones de cuatro integrantes del grupo delictivo Guerreros Unidos, en las cuales se sustentó “la verdad histórica” del entonces titular de la PGR, Jesús Murillo Karam, fueron obtenidas a base de torturas; incluso uno de ellos ya obtuvo su libertad.
En entrevistas por separado, Luis Argüelles Meraz, abogado del matrimonio Abarca-Pineda, y la exmagistrada Olga Sánchez Cordero, quien está emplazada para ser la secretaria de Gobernación en el gabinete de Andrés Manuel López Obrador, están de acuerdo con la resolución del tribunal, pues coinciden en que la tortura se volvió una práctica cotidiana en el país.
La resolución, que comprende la orden de reponer el poceso y crear la Comisión de la Verdad y la Justicia, faculta a los familiares de las víctimas y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para intervenir en la investigación que deberá de llevar un nuevo Misterio Público. La PGR argumentó que por mandato constitucional sólo a ella le corresponde la investigación de los delitos.
Además, la resolución ordena al presidente Enrique Peña Nieto destinar recursos a los fines mencionados y sancionar a los funcionarios responsables de las violaciones cometidas durante la investigación.
En respuesta, el gobierno de Peña Nieto movió a todo el aparato de Estado en contra del fallo y el pasado 18 de junio logró que el magistrado Sabino Pérez García, titular del Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito Judicial, lo declarara improcedente.
Ahora, el caso está en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Los cuatro detenidos que involucraron al matrimonio Abarca-Pineda son Marco Antonio Ríos Berber, alias El Cuasi o La Pompi; Martín Alejandro Macedo Barrera, El Becerro; el policía municipal Honorio Antúnez Osorio, El Patachín, y Luis Alberto José Gaspar, El Tongo.
El problema es que, según la resolución del Primer Tribunal, ellos declararon bajo tortura. Incluso, nueve días después del fallo, El Tongo fue liberado porque esta era la única carpeta de investigación en su contra.
De acuerdo con Murillo Karam, la noche en que desaparecieron los normalistas éstos se encontraban en Iguala para “botear” y conseguir dinero para la manifestación del 2 de octubre.
Según él, los cuatro detenidos declararon que el entonces alcalde de Iguala, José Luis Abarca, ordenó el ataque contra el grupo de estudiantes con el fin de impedir que sabotearan el informe de actividades que ese día rendía su esposa como presidenta del DIF municipal, pues en julio de 2013 los normalistas “ya habían atacado la Presidencia Municipal”.
“Los cuatro testigos también llevaron a la PGR a la detención del líder de Guerreros Unidos, Sidronio Casarrubias Salgado. Él, junto con El Cuasi, El Becerro, El Patachín y El Tongo, declararon que este cártel recibía de Abarca hasta 3 millones de pesos de manera regular, y al menos 600 mil pesos eran utilizados para comprar policías municipales.”
El 5 de julio, a un mes de la liberación de El Tongo, Óscar García Vega, juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, consideró que los dos testimonios de Casarrubias tampoco tienen ningún valor probatorio, por las condiciones en las que fueron obtenidos. Sin embargo, Casarrubias no quedará en libertad, puesto que tiene un caso abierto por delincuencia organizada.
La “mentira histórica”
Argüelles Meraz, abogado de los Abarca, explica:
“Según PGR, los testigos manifiestan que vieron que el señor Abarca participaba, incluso que aportaba dinero a Guerreros Unidos. Por ello, en el momento en que el Tribunal Colegiado de Tamaulipas resuelve que la confesión obtenida de ellos es una prueba ilegal, producto de la tortura, nosotros ofrecemos esa sentencia (como descargo de Abarca y Pineda), porque lógicamente la acusación se queda sin ningún basamento de prueba.
“Así aconteció con los cuatro señores que se ampararon. Incluso El Tongo obtuvo la libertad y los otros tres están libres por esa causa penal, aunque siguen detenidos porque tienen que dar trámite a otras que les imputan. Mis defendidos, gracias a Dios, quedarían libres por todas las causas, porque son los mismos testigos para todas.”
En el caso 100/2014, que se lleva en el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales de Matamoros, Tamaulipas, Abarca enfrenta cargos de delincuencia organizada, secuestro y homicidio calificado. El exalcalde de Iguala se amparó y el Tribunal Unitario confirmó la resolución de amparo 409/205 a su favor.
La causa 123, también de Matamoros, es por desaparición forzada de personas y tentativa de homicidio, pero la PGR no obtuvo orden de detención, así que quedó por el lado de Pineda Villa por cohecho. Por ello en mayo de 2015 solicitaron un amparo, que fue concedido en abril de 2017.
En la 66/2015 (antes 1/015) por delincuencia organizada en contra de la pareja, el Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito de Reynosa protegió a Pineda en el juicio de amparo 165/2015 y mantuvo la acusación contra Abarca; en la 103/2014 contra ambos por delincuencia organizada y en contra de Abarca –como alcalde– por operaciones con recursos de procedencia ilícita, se obtuvo el amparo.
En la 103/2014 en contra de los dos, su defensa interpuso un recurso de apelación hasta llegar al juicio de amparo 1801/2015 ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito del Estado de México, en beneficio de ambos.
El único caso que, en opinión de Argüelles Meraz, “queda un poco vivo”, es el 217/2014, radicado en Iguala, por los mismos cargos de la causa penal 100 de Matamoros, lo que quiere decir que Abarca es juzgado por los mismos hechos en la materia federal y en la local”.
–¿Después del fallo del tribunal de Tamaulipas promovió el recurso para obtener la libertad del matrimonio? –se le pregunta al litigante.
–De entrada le dijimos al juez que conoce, ya sea de la causa o del amparo, que si las pruebas en contra del matrimonio fueron declaradas ilegales, por lo tanto debe de resolver el caso conforme a eso. Después se puede presentar una promoción para que tome en cuenta los incidentes por desaparición de pruebas, como en el caso de los videos del C4.
–¿Los casi 130 detenidos por el caso Iguala pueden quedar libres?
–¡Todos! Desconozco el resto de los expedientes, pero para armar la famosa “verdad histórica” la PGR se fue con los mismos cuatro testigos. Al comentar con abogados de los otros detenidos, creo que examinan la famosa sentencia del Tribunal Colegiado para el efecto de aprovechar esa resolución, que califican de histórica.
Después de la sentencia del Tribunal de Tamaulipas, la PGR se inconformó de inmediato ante la SCJN, argumentó imposibilidad “real, jurídica y material” para cumplir con el fallo y se quejó por considerar que el resolutivo invade la facultad constitucional del Ministerio Público de encabezar la investigación de los delitos.
El 9 de julio se conoció que el presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, notificó a la PGR en fecha no precisa que este máximo tribunal carece de competencia para conocer las quejas que interpuso; al cotrario, le aclaró que sólo podrá intervenir en caso de que incurra en desacato al mandato. Dio tres días a la PGR y al presidente de la República para fundamentar al Tribunal Colegiado de Tamaulipas si existe una imposibilidad jurídica para el cumplimiento del fallo.
Así lo hicieron: Enrique Peña Nieto, la PGR, la Cámara de Diputados, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), las secretarías de Gobernación, Defensa, Marina, Salud y de Hacienda, así como la Policía Federal (PF), presentaron al tribunal 43 recuros de apelación en contra de la sentencia.
El 12 de julio, el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito de Tamaulipas los desechó por “notoriamente improcedentes”, con lo que quedó firme la sentencia emitida el 4 de junio pasado.
Una “resolución valiente”
Entrevistada por Proceso en torno a la resolución del Tribunal de Tamaulipas que ordena reponer el proceso sobre el caso Ayotzinapa, la exministra Olga Sánchez Cordero señala: “Está muy bien argumentada, explicitando que han obtenido la confesión de algunos detenidos procesados bajo tortura, lo cual es gravísimo; desgraciadamente es una práctica muy común en nuestro país”.
Añade: “La resolución determina que se forme una Comisión de la Verdad. Efectivamente, nuestro marco normativo no contempla esta figura jurídica y por eso ha sido muy criticada. En lo personal considero que, si bien no hay un marco normativo interno, sí lo hay en las resoluciones de la Corte y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por lo que estimo que, si se considera que se excedieron en su creación, no obsta para que sea una sentencia justa socialmente”.
Este texto se publicó el 23 de septiembre de 2018 en la edición 2186 de la revista Proceso.
Fuente: proceso.com