En las últimas fechas se ha defendido la independencia de los poderes judiciales frente al resto del gobierno con motivo del ajuste a la baja de sus remuneraciones y la estabilidad de sus adscripciones. El argumento principal es que los tribunales son los encargados de defender nuestros derechos respecto de los otros poderes. Pues bien, llegó un momento crucial para demostrar la realidad de ese argumento.
Esta semana inician las discusiones en el pleno de la Suprema Corte en torno a la Ley de Seguridad Interior, y posicionamiento tras posicionamiento, podremos constatar el nivel de compromiso de sus integrantes con la garantía de nuestros derechos humanos. La oportunidad de este debate, a unos días del cambio de gobierno, podría aprovecharse para despejar cualquier duda sobre motivaciones políticas en las posturas asumidas al interior de la Corte. Difícilmente se podría suponer que el resultado del análisis constitucional de aquella ley se condicione a una negociación con la nueva administración y el empleo de las Fuerzas Armadas.
Es verdad que el próximo presidente ha variado su tono en la materia y quizá él, su equipo y quienes integran la Corte tengan ahora mucho más información sobre la imperiosa necesidad del mantenimiento de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad que el resto de la población, pero con todo y eso, no alcanzo a observar alguna ecuación política para ajustar el criterio de ministras y ministros en el tema.
Es precisamente por eso que entiendo que las posturas que se adopten en este debate tendrían que ser exclusivamente jurídicas. Y si ello es así, mucho evidenciarán sobre la concepción de la Constitución y de los derechos humanos que se tenga en cada ponencia de la Corte. Sabremos pues, si en verdad, en este caso tan trascendental, ella es merecedora de su independencia judicial porque a partir de ella se dedica a defender esos derechos frente a toda acción de gobierno, por más extraordinaria que ésta sea, como lo es en materia de seguridad interior.
Además de todo lo que se ha escrito, este caso es de suma importancia porque nos permite darle la dimensión adecuada a los perfiles para los nombramientos futuros de integrantes de la Suprema Corte. Cuatro votos es lo único que hace falta para conservar la Ley de Seguridad Interior, aunque la mayoría entre once determine que es inconstitucional. Ahí una de las reformas necesarias que desde la sede legislativa deberían impulsarse, con tanto interés puesto en temas de justicia.
No sólo eso, como con el cambio de año se tendrá que elegir nueva presidencia de la Suprema Corte, que lo será también del Consejo de la Judicatura Federal, podremos constatar los perfiles reales de parte de quienes aspiran a esa posición. Aunque esta elección es exclusivamente interna, no deja de ser ilustrativo que uno de los nombres citados, el del ministro Pardo, sea el del responsable del proyecto público que avala en buena medida la Ley de Seguridad Interior, mientras que por otro lado, otro de los contendientes aludidos, el ministro Zaldívar, haya publicado una opinión sobre los “Retos de la Suprema Corte”, el primero de mes en Nexos.
Mi pronóstico es que sus posiciones estarán encontradas. También será del todo interesante escuchar los argumentos del ministro Cossío, porque con este tema despide quince años de esfuerzos como garante de nuestros derechos –aunque a decir verdad, mal sabor de boca quedará si por otro lado avala en la Primera Sala un proyecto que minimiza el derecho a la consulta indígena en amparos sobre eólicas–. La forma en que se posicionen la ministra Piña y el ministro Laynez puede consolidarles como bastiones de esperanza para la defensa de los derechos humanos, al lado del ministro Gutiérrez. Mucha suspicacia podría quitarse de encima el ministro Medina Mora si sorprendiera con una posición contraria a la Ley de Seguridad Interior. Pero sea como fuere el particular diagnóstico para cada integrante de la Corte, la prueba máxima que abre este asunto es la de su congruencia con sus propios precedentes, que en última instancia, es lo que conlleva un control a la independencia judicial que reivindican.
Y de cara a sus propios precedentes, la Ley de Seguridad Interior no se sostiene. Por eso preocupa mucho que el proyecto no se haga cargo del argumento central que pone de manifiesto la inconstitucionalidad de este ordenamiento. El Congreso de la Unión no tiene facultades explícitas para expedir un cuerpo legal que coordine en materia de seguridad interior a los tres órdenes de gobierno, federal, estatal y municipal. La seguridad interior no es una función de Estado, es una encomienda expresa y exclusiva de una autoridad federal, el presidente de la República, en la cual puede emplear a las Fuerzas Armadas, y únicamente a ellas.
Olvidarse de sus precedentes, manipular el texto constitucional a modo, solamente para hacer avanzar una postura y sus propias convicciones, es lo que menos se necesita de la Suprema Corte y del resto de los poderes judiciales en una época como la que estamos por experimentar. Si quieren ser el fiel de la balanza frente a un gobierno que en los otros dos poderes presume la legitimidad democrática que le brindan 30 millones de votos, si quieren ser piedra angular de equilibrio en una sociedad cada vez más polarizada, la responsabilidad histórica de ministras y ministros pasa por acatar nuestra Constitución. Si no usan su independencia para eso, no pueden esperar que les dure demasiado. Es la Corte la que tiene que defendernos para que estemos en posibilidad de defenderla a ella. Y si de verdad estamos tan mal que no se pueda prescindir de las Fuerzas Armadas, mejor que así nos lo digan con información pública, fidedigna y verificable, para que en el marco de nuestra Constitución encontremos las soluciones que no la quebranten.
Fuente: proceso.com