Reforma Electoral “a modo”: Luis Octavio Murat

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luis-octavio-muratDe nada valieron los argumentos, las leyes, La Carta Magna, la Constitución del Estado de Oaxaca, las inconformidades partidistas opositoras y el sentido común; a fin de que se respetaran y se hicieran válidos los tiempos y los requisitos jurídicos de residencia en torno a quienes aspiran, de manera legal, a la gubernatura del Estado. Por el contrario, las leyes fueron echadas a la basura con objeto de hacer legal lo ilegal; validar lo antidemocrático; reducir requisitos básicos que dan sentido a la democracia y la protegen de oportunistas; se impusieron las leyes del cacicazgo; las del más fuerte; las del estado selvático del que hablaba Hobbes en el Leviatán.

Se sabe que en política nada es imposible, es más, la política es la ciencia de hacer posible lo imposible; para eso es la política, y que, en ocasiones, como la que nos ocupa, parece cumplirse la afirmación marxista en el sentido de que “…las leyes fueron inventadas para beneficio de los que detentan el poder”. Y, en este caso, así parece haber sido, toda vez que las presiones políticas se han dejado sentir como “obsesión compulsiva” por el poder; por el “volver a ser”.

Sin el más mínimo recato, como si ni el pueblo ni las leyes contaran, las constituciones, la federal y la local, se violentaron mediante un manipuleo legislativo barnizado de una democracia nativa impregnada de tufo caciquil; pero que se intentó disfrazar, a través del títere presidente de la Comisión de Estudios Constitucionales con el argumento de que, con la modificación electoral (en particular, el requisito de 3 años de residencia, del que todos hablan; y el que la residencia no se pierde por otros cargos públicos, de la que nadie habla) se abría la puerta a más aspirantes a la gubernatura del Estado. Tanta justificación se dio sobre ella que recuerdo aquella frase que dice “a explicación no pedida, culpabilidad evidente”. Por supuesto, el argumento del diputado trata de ocultar, sin lograrlo, la obvia dedicatoria que la reforma electoral trae consigo, pues huele a vientos neoyorquinos o a la humedad de Utah.

Vayamos a las definiciones: Como lo expone el Magistrado Manuel González Oropeza, y a la letra transcribo “’Residir’ tiene el sentido de ‘vivir habitualmente en un sitio’, es decir ‘habitar’, estar establecido en un lugar. En el español usual en México, ‘habitar’ significa que alguien vive en un lugar; por su parte, Moliner sostiene que esta palabra tiene el sentido de ‘estar habitualmente y, particularmente, dormir, en un sitio que se expresa…’.” En otras palabras, que se viva realmente en un lugar determinado por un tiempo determinado. Sin temor equivocarme, puedo comentarles que en Estados Unidos, la definición de residencia es más sencilla y directa, siendo “el lugar donde vives al menos 180 días al año”, es decir, ¿donde duermes por lo menos la mitad del tiempo?, sin importar cuantas casas, departamentos o negocios y sucursales tengas a lo largo y ancho del país; si trabajas 5 días a la semana en un determinado lugar y el fin de semana regresas a ver a tu familia, tu residencia será donde duermas más de la mitad del tiempo. Alguien me dijo una vez “donde recibes tu correspondencia”, lo cual se me hace lógico y sencillo, pues es ahí donde recibes cuentas de banco, invitaciones a eventos sociales, correspondencia personal, cuentas de servicios públicos (luz, agua, gas, teléfono, etc). En fin.

Ahora, la residencia, exigida como requisito de elegibilidad para un cargo de elección popular, se refiere a la permanencia que la persona debe tener en un determinado lugar, que habite junto con su familia, tenga sus intereses (trabajo, escuela, etc), conviva con los miembros de ese lugar (tenga amigos, vida social, etc), conozca los problemas que sufre su comunidad (pues sufre igualmente sus efectos) y se sienta unido a ella, para velar por los intereses de ella y resolver los problemas que se presenten. La idea es que las personas sean gobernados por quienes tienen conocimiento de los problemas que se viven en su comunidad, personas que tienen un sentido de solidaridad con ésta y vean por los intereses de la misma al sentirse parte de ella. Al reformar la Constitución Estatal, el Congreso Local facilita el acceso a más personajes políticos que no cumplían con requisitos hace poco más de una semana, personajes que puede que tengan un poco de conocimiento de la problemática del Estado, pero no necesariamente mayor conocimiento que aquellos que previamente cumplían con los requisitos de elegibilidad. Si lo vemos de esta manera, parece que la Reforma no se modificó en beneficio del Estado, sino de intereses particulares.

Hablemos de presiones para la Reforma, ¿Cuáles fueron? Una de ellas, la principal, el haberle autorizado al actual gobernador, Gabino Cué Monteagudo, solicitar un préstamo de 2 mil 400 millones de pesos para pagar todo lo que se debe, a cambio de no poner obstáculos legales a la reforma electoral, y al resto de imposiciones que se intentan llevar a cabo en Oaxaca.

Lo que pareciera, al inicio del gobierno federal, con las Reformas Estructurales, siendo la Reforma Electoral una apertura diferente (ya vimos lo que pasó en Nuevo León): más democrática; más plural; pero sobre todo, (y hablando de sepulturas que están de moda como la de Montparnasse) un entierro definitivo de las viejas prácticas corruptas del “Ancien Regime”; en Oaxaca hicieron lo contrario, han renacido con esta acción mañosa y cínica. Lo que sorprende es ¿Quién agitó la bandera a cuadros que señaló: ¡Adelante con todo!?

La batalla política aún no termina, se pone más interesante, pues aún con la maniobra legislativa aprobada por los legisladores oaxaqueños, existe otra vía que podría argumentarse; si es que hay valor: el poder judicial (pido un aplauso a Montesquieu por explicarnos sobre la división de poderes). Me refiero más específicamente a la Controversia Constitucional que se está dando, pues en La Carta Magna Art. 116 Constitucional se incluye el requisito de 5 años de residencia, aún con la nueva reforma electoral federal, y que se sobrepone a lo que señala el nuevo Art. 68 Constitucional del Estado de Oaxaca: que para ser gobernador se requiere de una residencia mínima de 3 años.

Con la modificación reciente, pareciera no haber problema alguno para los aspirantes turisteros. No obstante, se debe tener en cuenta que, una cosa es contar con una residencia temporal mínima y que aún trabajando fuera del estado no se perdería a condición de estar desempeñando un “cargo público de elección popular o de otros cargos públicos” (como lo es ser Diputado Federal,  Senador, o tener un cargo burocrático como es LICONSA o INFONAVIT); sin embargo, el sentimiento de permanencia, solidaridad con su comunidad no puede ser sustituido por una cuenta de agua, una credencial para votar, o cualquier otro documento que “acredite” la posesión de un predio dentro del Estado.

Era un beneficio del Pueblo Oaxaqueño el exigir un mínimo de 5 años de residencia para aspirantes al Gobierno del Estado, es un beneficio para algunos y no necesariamente para el Pueblo Oaxaqueño en general el disminuirlo. O como lo dijo la PANista  Alejandra García Morlan, “… adecuar una norma a beneficio de una o dos personas es una clara violación de los intereses colectivos y del beneficio de nuestro estado.” A los Reformistas les dejo esta frase popular (y que mas adelante traduzco libremente): “Um povo de cordeiros sempre terá um governo de lobos” (Un pueblo de corderos siempre tendrá un gobierno de lobos).

Queda, desde luego, la vía de la Controversia Constitucional y confiar en que el poder judicial no haya retornado a las corruptas prácticas políticas del “Antiguo Régimen” como lo ha hecho evidentemente el poder legislativo.

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