Prisión en casa a los 70: Echeverría sí, Gordillo no: Carlos Ramírez

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CARLOS-RAMIREZCuenta un viejo chiste político que un gobernador había destinado más recursos de inversión al sistema penitenciario para hacerlo cómodo y menos a educación. Cuando le preguntaron las razones, sólo contestó:

–Porque una vez que termine mi periodo es más fácil que caiga preso a que regrese a estudiar.

Hoy jueves podría decidirse si la maestra Elba Esther Gordillo se puede acoger al artículo 55 del código penal que permite que el juez pueda “ordenar que la prisión preventiva se lleve a cabo en el domicilio del indiciado bajo las medidas de seguridad que procedan de acuerdo con la representación social” a personas mayores de 70 años.

Pero más que un asunto de sistema penal para la rehabilitación, esa reforma promulgada el 26 de mayo de 2004 fue una operación política de la bancada priísta, con el aval ingenuo del PRD, que tenía sólo un destinatario: que el expresidente Luis Echeverría, a punto de ser sentenciado por genocidio, no pisara la cárcel en el 2006 por tener 84 años de edad. La reforma recibió el impulso de la diputada perredista Eliana García Laguna y cuando menos dio tranquilidad a la familia del expresidente, aunque al final Echeverría fue exonerado por una defensa brillante del penalista Juan Velázquez, en 2009.

La estrategia de los abogados de la maestra Gordillo apela a la edad, aunque la Procuraduría General de la República también se apoya en la misma reforma argumentando el párrafo dos de la reforma: “no gozarán de esta prerrogativa quienes a criterio del juez puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumible su peligrosidad”. Las autoridades señalan que hubo de hacerse un operativo para atraer a la maestra Gordillo a México porque se encontraba en San Diego, California.

El debate jurídico sobre el destino de la maestra Gordillo será legal. El párrafo cuarto de la reforma considera circunstancias: agravamiento de su situación física en prisin, ﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽tra Gordillo serrnia.atyivo para l artón, “su senilidad” o su “precario estado de salud” hicieran que fuere “notoriamente innecesario o irracional” su prisión. La PGR pudo haber hecho una jugada jurídica audaz al difundir videos de la comparecencia de la maestra Gordillo el lunes porque se vio a una persona sin enfermedad, sin situación precaria, inteligente y racional, y no senil, y sobre todo con una conducta de arrogancia. Por tanto, la petición será que permanezca en el área médica de la prisión.

Para juristas especializados en temas de recursos penales para liberar a sentenciados, la maestra Gordillo inclusive rebasó la tenue línea de sensibilidad en la toma de decisión del juez al amenazar con revelar secretos del poder. La parte menos jurídica de la reforma es la que deja una puerta para ser abierta o de plano cerrada con triple cerrojo: la decisión queda a “criterio del juez”, es decir, a voluntad del juzgador. Y la declaración ministerial de la señora Gordillo exhibió a una mujer no sólo con plena lucidez sino a la guerrera de siempre; por tanto, la prisión domiciliaria que es una decisión de carga sentimental por senilidad o enfermedad no le aplicaría a la exdirigente del SNTE.

El asunto se le complicó a la maestra Gordillo con las declaraciones al periodista Ciro Gómez Leyva y difundidas en su columna en El Universal: no sólo quiere la libertad sino que desea regresar al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, del cual fue destituida días después de su arresto en febrero del 2013. En términos políticos, la maestra Gordillo representaría un riesgo –no peligro– para uno de los sectores ahora en creciente tensión política: el magisterial.

Como para reafirmar que la prisión domiciliaria sería una decisión de generosidad de la justicia, el quinto párrafo de la reforma promulgada en el Diario Oficial señala que la decisión del juez se “apoyará siempre” en dictámenes de peritos; y ahí las causales de la prisión domiciliaria a mayores de 70 años podrían no beneficiar a la maestra Gordillo porque hasta ahora no habría demostrado su veracidad.

En realidad, la argumentación jurídica de prisión domiciliaria a sentenciados que tengan más de 70 años de edad no implica ese permiso en automático; es decir, que reos sentenciados no pueden irse a sus casa a prisión domiciliaria exclusivamente por la edad, sino que el legislador hizo énfasis en temas de salud.

 Por tanto, el litigio alrededor del caso de la maestra Gordillo será político y no de salud o senilidad. Algunos expertos juristas afirman que los abogados de la exdirigente sindical fallaron al no controlar sus conductas impulsivas en la comparecencia del lunes, porque se mostró como una persona de 70 años de edad pero con lucidez y energía menores. Y al final de cuentas, la maestra Gordillo no es el Echeverría que contó con el apoyo de la estructura de poder del PRI en el legislativo para reformar el artículo 55 del código penal.

 

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@carlosramirezh

 

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