Precio único no vulnera libertad de comercio: SCJN

Print Friendly, PDF & Email

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ayer que el precio único de los libros no vulnera las garantías de libertad de comercio y de igualdad, por lo que se prevé que este martes el pleno niegue el amparo que promovió la empresa Cotsco en contra de esta disposición.

 

La demandante alegó que la disposición, contemplada en la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, viola la libertad de comercio, porque se concede la facultad exclusiva de fijar al libre arbitrio un precio único de venta de libros al menudeo a dos sujetos de la cadena del libro (editores e importadores). Esa medida, argumenta la empresa, deja al margen a los vendedores, no obstante que también forman parte de la cadena del libro, por lo que esa restricción, afirma, contraviene, sin justificación alguna, la garantía de igualdad.

Plantea que su actividad primordial es constituirse como un club de precios bajos, en el que se llevan a cabo actividades comerciales que tienen a la enajenación y comercialización de diversos productos, entre ellos los libros, por lo que requiere ofrecer al público precios de venta por debajo de los establecidos en el mercado, lo que obstaculiza un precio único.

También alega que cuando se genera una situación en la que se permite a una o varias personas determinadas imponer los precios de los artículos o las cuotas de los servicios, se configura un monopolio, lo que acontece en este caso, al facultar de manera exclusiva a los editores e importadores a fijar un precio único de venta.

El proyecto de sentencia, elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero, plantea que tal violación no existe, porque el establecimiento del precio único protege el interés público. Por mayoría de siete votos contra cuatro, el pleno determinó que no existe violación a la libertad de comercio ni a la garantía de igualdad, aunque varios ministros que votaron a favor de estos dos puntos expresaron diferencias con las consideraciones del proyecto. El ministro Arturo Zaldívar, en la mayoría, expuso que los artículos constitucionales sobre el derecho a la cultura son los que fortalecen la constitucionalidad de la ley impungada, “porque no se trata simplemente de ver la situación en términos comerciales y en términos de igualdad, ni siquiera en términos de libre concurrencia, se trata de ver todo a la luz del derecho a la cultura, que es lo que trata de preservar esta ley”, dijo.

El ministro Salvador Aguirre, que con sus colegas Margarita Luna, Guillermo Ortiz y Luis María Aguilar, votó en contra del proyecto, consideró que existe violación a la libertad de comercio, a la de libre concurrencia y a tratados internacionales. Consideró que si se trata de incentivar la lectura, se debió restringir al editor y al importador en la utilidad que reciben. “Si se trata de propiciar (la lectura) con métodos restrictivos de la libertad de comercio, señalamiento de precio, todos los individuos que intervienen en la cadena deben de pagar el rango de restricción a que se hacen acreedores, si no, la ley es desigual.. ¿cómo es que a algunos se les restringe y a otros se les libera? nada, a mi juicio, nada más contrario al principio de igualdad”.

El pleno de la Corte concluirá este martes el estudio del proyecto, al definir si, como alega la demandante, el precio único para los libros viola los principios de seguridad jurídica y de libre concurrencia.

El Universal