La suspensión concedida a Vera Carrizal en el Amparo no significa que esté absuelto.

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*El exdiputado priista es acusado como autor intelectual del ataque con ácido contra saxofonista mixteca

La suspensión provisional contra cualquier orden de captura otorgada por un Juez Federal a Juan Antonio Vera Carrizal, acusado del ataque contra la saxofonista mixteca, no lo exime de cualquier responsabilidad en caso de que se compruebe su actuación en el hecho.

El Juicio de Amparo es un medio de control constitucional contemplado en los artículos 103 y 107  de la Constitución Política Mexicana y toda persona puede promoverlo contra todo acto de Autoridad cuando considere que se ha violado un derecho humano.

El representante del despacho jurídico Kratos Abogados, Geovany Vásquez Sagrero aseguró que cualquier particular puede ejercer su derecho y acudir a un amparo, por lo que no se trata,  en este caso, de un acto viciado.

Sin embargo, expuso que cuando se otorga una suspensión provisional dentro de un juicio de amparo, no representa que el señalado se encuentre absuelto, pues no se ha resuelto el fondo del asunto, sólo es una resolución interlocutoria o intermedia, por lo que en caso de que los delitos imputados sean considerados graves, eso no es impedimento para que se pueda ejecutar una orden de aprehensión en su contra o en su defecto se compruebe su participación en el ataque con ácido sulfúrico contra la músico María Elena Ríos Ortiz.

Se le ha dado un tratamiento erróneo a la información en los diversos medios de comunicación, expuso el también catedrático de una universidad particular en Oaxaca, quien además agregó que el Juez Federal Cuarto de Distrito de Oaxaca, no actuó de manera incorrecta, pues en todos los juicios de amparo en donde el acto que se señala como reclamado, es un acto privativo de la libertad, el Juez de Distrito tiene la obligación de conceder la suspensión provisional y en su caso la definitiva, pero eso no significa que sea una sentencia absolutoria.

Precisó que el juicio de amparo no culmina en el momento de ser otorgada una suspensión, ahora el Juez de Huajuapan, señalado de librar la orden de aprehensión, tendrá que rendir un informe previo para ver si existe o no una o varias órdenes de aprehensión en contra del acusado, pero el tema central se debatirá en una audiencia llamada Audiencia Constitucional en donde el acusado podrá presentar pruebas en su defensa y estas ser desahogadas para finalmente determinar si la Justicia Federal lo ampara y protege o no.

El 27 diciembre del 2019, el exdiputado priista y empresario Juan Antonio Vera Carrizal solicitó un amparo contra cualquier orden de captura, el cual fue concedido el 31 de ese mismo mes con una garantía de tres mil 500 pesos.

Vera Carrizal ha sido acusado por la familia de la saxofonista María Elena Ríos Ortiz como el actor intelectual del ataque en su contra.

La Fiscalía General de Justicia de Oaxaca, logró la detención de dos sujetos (padre e hijo) quienes habrían participado en el hecho además se informó que han sido vinculados a proceso por el delito de tentativa de feminicidio, por lo que podrían alcanzar de 30 a 40 años de prisión.

Carina García