EPM: Promueve formación de defensores públicos y asesores jurídicos bilingües indígenas

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evielEl Senador de la República Eviel Pérez Magaña, presentó una iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción V del artículo 5 y el primer párrafo del artículo 20 Bis; y se adiciona la fracción IV al artículo 20 de la Ley Federal de Defensoría Pública, en donde establece que el Instituto Federal de Defensoría Pública debe promover la formación de defensores públicos y asesores jurídicos bilingües indígenas.

 El Senador propuso reformar el artículo 5 que establece requisitos para ingresar y permanecer como defensor público o asesor jurídico, por otra parte, el artículo 20 vigente define en tres fracciones,  los criterios que  el Instituto debe observar para la contratación de servicios cuando las necesidades lo requieran y para la eficaz atención de los asuntos de su competencia.

 La iniciativa propone la adición de una fracción IV  que contemple que la contratación podrá realizarse  en diversos supuestos: el caso de que un adolescente indígena al que se le esté aplicando la Ley Federal de Justicia para adolescentes; o de un indiciado, imputado o sentenciado indígenas, en un asunto del fuero federal en materia penal, o usuario de un asunto jurídico de diferente materia, cuando sean hablantes de una lengua indígena o variante lingüística, no hablen español o su comprensión limite su acceso a la justicia; y siempre y cuando, dentro del servicio civil de carrera no haya defensores públicos o asesores jurídicos que la hablen y que conozcan las especificidades culturales del pueblo o comunidad indígena  de que se trate.

 Por último, reformar el primer párrafo del artículo 20 Bis  para establecer que el Instituto, de no contar con defensores públicos o asesores jurídicos bilingües indígenas del servicio civil de carrera o por contrato, actuará en coordinación con traductores e intérpretes con la finalidad de garantizarles el derecho a la justicia federal.

 “Considerar esta regulación permitirá al Instituto contar con los elementos necesarios para proporcionar defensa y asesoría con pertinencia cultural y lingüista cuando se trate de pueblos indígenas, sus comunidades e integrantes”, sentenció el Senador.