Busca Benjamín Robles acabar con prácticas engañosas de “el Buen Fin”

Print Friendly, PDF & Email

regular Buen FinLuego de que medios de comunicación documentaran una serie de prácticas engañosas en “el Buen Fin”, denunciada también por un gran número de ciudadanos, el senador oaxaqueño Benjamín Robles Montoya presentó una reforma para que con 20 días de anticipación los proveedores notifiquen el valor real de sus productos a la  Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

El legislador federal del PRD sostuvo que el pasado fin de semana los comercios, establecimientos comerciales, que así lo definieron, llevaron a cabo un programa de oferta económica; lamentablemente, dijo, en mucho casos, las familias fueron engañadas con supuestos descuentos que aparentemente se ofrecían.

Ante esta situación, Robles Montoya planteó al Pleno de la LXIII reformar el artículo 49 de la Ley Federal del Consumidor, con la finalidad de evitar estas prácticas fraudulentas que dañan la economía de la sociedad mexicana.

“Vengo a presentar esta iniciativa que tiene como finalidad que los proveedores de los bienes y servicios al momento de iniciar esta oferta de descuentos, como lo vimos en el pasado fin de semana con el Buen Fin, notifiquen previamente a la autoridad, es decir, a la Procuraduría Federal del Consumidor el valor monetario real, pero veinte días antes del inicio de este tipo de promociones, que insisto, lo que buscan es detonar también económicamente varios sectores de la economía. Y planteamos esto con el propósito de acabar con las prácticas engañosas, simuladas y fraudulentas de que han sido objeto muchos ciudadanos”, fundamentó.

Explicó que la Profeco, durante “el Buen Fin 2015”, atendió exigencias ciudadanas que conllevó a la clausura de negocios por no respetar los precios exhibidos; porque no estaban entregando las notas respectivas, ni mostraban en su momento los precios a la vista del consumidor y tampoco respetaban las promociones anunciadas.

Por ello, Benjamín Robles propuso modificar el artículo de la mencionada ley con el siguiente texto:

“Que quede prohibido simular una oferta o promoción a través de la reducción del valor de un bien, de un servicio, manifestando un costo superior al que comúnmente se ofrece.

Los proveedores que tengan como propósito iniciar dicha campaña de promoción de sus bienes o servicios estarán obligados a notificar el valor monetario real a la Procuraduría Federal del Consumidor veinte días antes de su inicio”.