Andamiaje Tributario: David E. Merino Téllez

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Damos la bienvenida a los lectores de esta columna semanal que tratará acerca de temas fiscales y empresariales entendiéndose que dentro de estos se encuentran inmerso a la política; todas sus opiniones y comentarios son bienvenidos y en la medida de lo posible serán respondidos.

 

 

En estas colaboraciones semanales procuraremos explicar de forma breve y accesible para cualquier persona, él en ocasiones complicado mundo de los impuestos, procurando vincularlos a ejemplos cotidianos; hoy trataremos el tema de que es una contribución y procuraremos responder la pregunta de porqué debo pagar impuestos.

 

En razón de espacio obviaremos ante los antecedentes históricos solamente mencionando que el sistema que actualmente rige en México en la materia tributaria proviene de los romanos, y la denominación “fiscal” proviene de fisco, proviene del vocablo “fiscum” que era el contenedor en donde se depositaba el pago al gobierno por parte de los ciudadanos romanos. También a ellos les debemos la utilización de los libros de diario y mayor y de las ahora conciliaciones bancarias.

 

Ahora bien, la obligación de pagar impuestos se encuentra contemplada en la fracción IV del articulo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que pese a señalar que solamente los mexicanos se encuentran constreñidos a ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado por jurisprudencia que también los extranjeros deben de hacerlo. Esto tiene su razonamiento en que en el año de 1916 al reunirse en la ciudad de Querétaro el constituyente, es decir, los diputados que redactaron nuestra Carta Magna promulgada 5 de Febrero de 1917, contemplaron el principio tributario de nacionalidad, y actualmente en el articulo 9 del Código Fiscal de la Federación, se contempla el principio de residencia.

 

Para efectos de comprensión de este texto, mencionaremos que en México existen 4 tipos de contribuciones, contempladas en el artículo 2 del Código Fiscal de la Federación, que a saber son: (i) impuestos, (ii) aportaciones de seguridad social, (iii) contribuciones de mejoras y (iv) derechos.

 

Muchos de ustedes se preguntaran ¿porqué debo pagar impuestos?, la respuesta es muy sencilla, y es porque gracias al pago de los impuestos, que son una especie de contribuciones (de la cual hablaremos en otra entrega), se financía el gasto que todo Estado, entiéndase gobierno en turno debe hacer para proporcionar servicios y un nivel de vida decoroso y adecuado para sus gobernados.

 

Es decir, del pago de impuestos que todos hacemos, o deberíamos de hacer, depende que los estados menos favorecidos puedan recibir recursos con base en el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, tomando en cuenta el índice de pobreza, recaudación y población.

 

Esperamos que con esta entrega hayamos contribuido al mejor entendimiento de las figuras fiscales mencionadas, para en las siguientes abordar temas concretos y del interés de todos ustedes

 

*Abogado, Maestro y Doctor con Posdoctorado en Impuestos. Director General del Centro Nacional de Estudios e Investigación Tributaria, A.C. Investigador (Conacyt). Catedrático UNAM e ITAM.

 

direccion@cenesit.com